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El IRS amplía el alivio de transición para corredores obligados a presentar declaraciones de información y retener impuestos en ciertas ventas de activos digitales

antes de 2 días
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Aviso 2025-33 del Departamento del Tesoro y el IRS

WASHINGTON — El Departamento del Tesoro de EE. UU. y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) han emitido hoy el Aviso 2025-33, que extiende y modifica el alivio de transición anteriormente proporcionado en el Aviso 2024-56, dirigido a los correores que están obligados a presentar el Formulario 1099-DA, «Proceeds de Activos Digitales de Transacciones de Corredor», para reportar ciertas transacciones de venta e intercambio de activos digitales realizadas por sus clientes.

Alivio de transición para corredores

En 2024, el Tesoro y el IRS anunciaron regulaciones finales que exigen a los corredores reportar transacciones de venta e intercambio de activos digitales en el Formulario 1099-DA, así como proporcionar informes a los beneficiarios y retener impuestos de respaldo en determinadas transacciones a partir del 1 de enero de 2025. En ese mismo contexto, el IRS dio a conocer en el Aviso 2024-56 un alivio de transición que exime de sanciones a los corredores relacionados con la información de reporte y la obligación tributaria de retención de respaldo exigida por estas nuevas regulaciones para transacciones realizadas durante 2025. Además, el Aviso 2024-56 también ofreció un alivio limitado de la responsabilidad tributaria de retención de respaldo para transacciones efectuadas en 2026.

El IRS ha considerado cuidadosamente los comentarios del público sobre el alivio de transición previsto en el Aviso 2024-56, que indicaban que los corredores necesitaban más tiempo para cumplir con los requisitos de reporte. El aviso emitido hoy toma en cuenta esas solicitudes.

Alivio de transición adicional

El Aviso 2025-33 extiende el alivio de transición de la responsabilidad tributaria de retención de respaldo y las sanciones asociadas para cualquier corredor que no logre retener y pagar el impuesto de retención correspondiente por transacciones de venta o intercambio de activos digitales llevadas a cabo durante el año calendario 2026.

Además, el aviso amplía el *alivio limitado de la responsabilidad tributaria de retención de respaldo* por un año adicional. Específicamente, los corredores no estarán obligados a retener impuestos por cualquier transacción de venta o intercambio de activos digitales efectuada en 2027 para un cliente (beneficiario), siempre que el corredor presente el nombre y el número de identificación fiscal (TIN) de dicho beneficiario al Programa de Coincidencia de TIN del IRS y reciba una respuesta que confirme que la combinación de nombre y TIN coincide con los registros del IRS. Asimismo, se ofrece alivio a los corredores que no logran retener y pagar el impuesto de retención de respaldo completo debido a que la falla se deba a una disminución en el valor de los activos digitales involucrados en una venta de activos digitales a cambio de otros activos digitales en 2027, siempre que el corredor liquide inmediatamente los activos digitales por efectivo.

Este aviso también contempla el alivio de transición adicional para corredores en las ventas de activos digitales realizadas durante el año calendario 2027 para ciertos clientes que previamente no han sido clasificados como personas de EE. UU.

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