{"id":3703,"date":"2025-04-25T18:50:30","date_gmt":"2025-04-25T18:50:30","guid":{"rendered":"https:\/\/satoshibrother.com\/es\/comentarios-de-la-mesa-redonda-del-grupo-de-trabajo-de-criptomonedas-sobre-custodia\/"},"modified":"2025-04-25T18:50:30","modified_gmt":"2025-04-25T18:50:30","slug":"comentarios-de-la-mesa-redonda-del-grupo-de-trabajo-de-criptomonedas-sobre-custodia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/satoshibrother.com\/es\/comentarios-de-la-mesa-redonda-del-grupo-de-trabajo-de-criptomonedas-sobre-custodia\/","title":{"rendered":"Comentarios de la Mesa Redonda del Grupo de Trabajo de Criptomonedas sobre Custodia"},"content":{"rendered":"<h2>Comentarios de la Mesa Redonda del Grupo de Trabajo de Criptomonedas sobre Custodia<\/h2>\n<p>Bienvenidos a la tercera mesa redonda del Grupo de Trabajo de Criptomonedas, dedicada a la custodia de activos. La adecuada custodia de los activos de clientes y consumidores se ha considerado una defensa esencial bajo las leyes federales de valores. La criptomoneda no es una excepci\u00f3n a este principio. A medida que los regulados por la Comisi\u00f3n se involucran cada vez m\u00e1s con activos criptogr\u00e1ficos, es fundamental que cuenten con acceso a diversas soluciones de custodia que se ajusten a las leyes y regulaciones aplicables.<\/p>\n<p>Recientemente, la Oficina del Contador Jefe elimin\u00f3 una barrera significativa para las empresas que desean ofrecer servicios de custodia de activos criptogr\u00e1ficos al retirar el <strong>Bolet\u00edn de Contabilidad del Personal No. 121<\/strong>, no obstante, a\u00fan queda trabajo por hacer para asegurar una selecci\u00f3n adecuada entre las opciones de custodia.<\/p>\n<h2>Consideraciones sobre Empresas de Fideicomiso y Bancos<\/h2>\n<p>Por ejemplo, la Comisi\u00f3n debe considerar si est\u00e1 claramente establecido que los <em>asesores de inversi\u00f3n registrados<\/em> pueden utilizar empresas de <strong>fideicomiso de prop\u00f3sito limitado<\/strong>, autorizadas por el estado, para custodiar activos criptogr\u00e1ficos como <strong>fiduciarios calificados<\/strong> en cumplimiento con la <em>Regla 206(4)-2 de la Ley de Asesores<\/em> (conocida como la \u00ab<strong>Regla de Custodia<\/strong>\u00ab).<\/p>\n<p>Las empresas de fideicomiso de prop\u00f3sito limitado, que cuentan con la autorizaci\u00f3n de un regulador bancario estatal, como el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Nueva York o el Departamento de Protecci\u00f3n y Innovaci\u00f3n Financiera de California, podr\u00edan custodiar activos criptogr\u00e1ficos como fiduciarios, argumentando que <\/p>\n<blockquote><p>\u00abejercen poderes fiduciarios similares a los permitidos a los bancos nacionales\u00bb<\/p><\/blockquote>\n<p> bajo la autoridad de la Oficina del Contralor de la Moneda (<strong>\u00abOCC\u00bb<\/strong>).<\/p>\n<p>En cuanto a los bancos charterizados a nivel federal, la Oficina del Contralor de la Moneda ha emitido cartas interpretativas que reconocen que los bancos nacionales pueden custodiar activos criptogr\u00e1ficos como fiduciarios bajo la <strong>Ley de Banco Nacional<\/strong>, y ha autorizado a m\u00faltiples bancos nacionales a llevar a cabo tal actividad.<\/p>\n<p>Dada la tendencia hist\u00f3rica de permitir que los bancos charterizados a nivel estatal compitan con los bancos charterizados a nivel federal, la Comisi\u00f3n deber\u00eda permitir a los asesores utilizar empresas de fideicomiso de prop\u00f3sito limitado charterizadas a nivel estatal que posean el poder fiduciario para custodiar activos criptogr\u00e1ficos como custodios calificados.<\/p>\n<h2>Evaluaci\u00f3n de Medidas Adicionales<\/h2>\n<p>Adem\u00e1s, la Comisi\u00f3n podr\u00eda evaluar medidas adicionales para mejorar la competencia modificando o desestimando el r\u00e9gimen de <strong>\u00abcorretaje de prop\u00f3sito especial\u00bb<\/strong>, proporcionando orientaci\u00f3n provisional para explicar c\u00f3mo las empresas pueden custodiar activos criptogr\u00e1ficos no relacionados con valores, valores de activos criptogr\u00e1ficos y valores tradicionales, en cumplimiento con las normas de capital y protecci\u00f3n al cliente, y, a largo plazo, codificando esta orientaci\u00f3n en enmiendas a tales normas.<\/p>\n<p>Por otro lado, la postura de la administraci\u00f3n anterior de que <\/p>\n<blockquote><p>\u00abla mayor\u00eda de los activos criptogr\u00e1ficos\u00bb<\/p><\/blockquote>\n<p> son probablemente fondos o valores ha llevado a muchos asesores a agrupar todos los activos criptogr\u00e1ficos de los clientes en custodia calificada, lo que deja de lado ciertas oportunidades de inversi\u00f3n que no son compatibles con estos arreglos de custodia. Concuerdo con la Comisionada Peirce en que <strong>un gran n\u00famero de activos criptogr\u00e1ficos no son considerados valores<\/strong>.<\/p>\n<p>Sin embargo, el t\u00e9rmino <strong>\u00abfondos\u00bb<\/strong> no est\u00e1 definido en la <em>Regla de Custodia<\/em>, y la Comisi\u00f3n podr\u00eda necesitar aclarar si alg\u00fan activo criptogr\u00e1fico constituye <strong>\u00abfondos\u00bb<\/strong> a efectos de la regla.<\/p>\n<p>Agradezco al Grupo de Trabajo de Criptomonedas y a los panelistas por su tiempo y esfuerzo en la preparaci\u00f3n de esta mesa redonda. Espero con inter\u00e9s las discusiones que continuar\u00e1n a partir de aqu\u00ed.<\/p>\n<blockquote><p>[1] Vea el Bolet\u00edn de Contabilidad del Personal No. 122, Liberaci\u00f3n No. SAB 122, 23 de enero de 2025.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[2] La Comisi\u00f3n tambi\u00e9n deber\u00eda considerar las implicaciones correspondientes para las compa\u00f1\u00edas de inversi\u00f3n registradas.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[3] Vea 17 C.F.R. \u00a7 275.206(4)-2.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[4] Vea 15 U.S. Code \u00a7 80b-2(a)(2).<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[5] Vea, por ejemplo, la Carta Interpretativa #1170 de la OCC (22 de julio de 2020), disponible en: \u00abProporcionar servicios de custodia para criptomonedas se encuentra dentro de estas autoridades de larga data para participar en actividades de salvaguarda y custodia\u00bb; la OCC Aprueba Condicionalmente la Conversi\u00f3n del Banco Digital Anchorage, Comunicado de Prensa 2021-6, 13 de enero de 2021.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[6] Vea Custodia de Valores de Activos Digitales por Corredores-Dealers de Prop\u00f3sito Especial, 86 Fed. Reg. 11627 (26 de febrero de 2021).<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[7] 17 C.F.R. \u00a7 240.15c3-3.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[8] Vea Salvaguardando los Activos de Clientes Asesores, 88 Fed. Reg. 14672, 14676 (9 de marzo de 2023) (\u00abla mayor\u00eda de los activos criptogr\u00e1ficos probablemente sean fondos o valores de activos criptogr\u00e1ficos cubiertos por la regla actual\u00bb).<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>[9] Vea a la Comisionada Hester M. Peirce, \u00abDebe haber alguna salida de aqu\u00ed\u00bb, 21 de febrero de 2025 (opina que la mayor\u00eda de los activos criptogr\u00e1ficos en comercio hoy no son probablemente \u00abvalores\u00bb).<\/p><\/blockquote>\n<p>\u00daltima revisi\u00f3n o actualizaci\u00f3n: <strong>25 de abril de 2025<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Comentarios de la Mesa Redonda del Grupo de Trabajo de Criptomonedas sobre Custodia Bienvenidos a la tercera mesa redonda del Grupo de Trabajo de Criptomonedas, dedicada a la custodia de activos. La adecuada custodia de los activos de clientes y consumidores se ha considerado una defensa esencial bajo las leyes federales de valores. La criptomoneda no es una excepci\u00f3n a este principio. A medida que los regulados por la Comisi\u00f3n se involucran cada vez m\u00e1s con activos criptogr\u00e1ficos, es fundamental que cuenten con acceso a diversas soluciones de custodia que se ajusten a las leyes y regulaciones aplicables. 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